Corte revisa facultad extraordinaria de Petro para crear el Sector de Igualdad

Facultades fueron incluidas en Ley que creó el Ministerio de la Igualdad.

La Corte Constitucional admitió para su estudio una demanda que busca tumbar la creación del Ministerio de la Igualdad que fue presentado por un grupo de congresistas de la oposición como Paloma Valencia, María Fernanda Cabal, Paola Holguín y José Jaime Uscátegui.(Lea:Defensoría dice que la Corte Suprema le vulneró derechos a Luis A. Ramos)El recurso dice que la expedición de la Ley 2281 de 2023 no tuvo en cuenta el impacto fiscal de la iniciativa pues en el trámite en el Congreso no se habría dicho de manera expresa los costos, sino que se estimaron en 18.239 millones en la ponencia de primer debate en las comisiones primeras conjuntas.(Lea:Comisión de Disciplina ratifica que Víctor Pacheco no puede ejercer como abogado)

Según la demanda, durante el primer debate ni el Gobierno ni los ponentes indicaron el impacto fiscal del proyecto ni su consistencia con el Marco Fiscal de Mediano Plazo. Y cuestionan el concepto presentado por el Ministerio de Hacienda que dijo que solo se podrá estimar el costo de creación de la nueva cartera una vez esté la estructura.(Lea:Corte Constitucional prepara protocolo para atender casos de acoso sexual)

“Esto, sin lugar a dudas, debe conducir a la declaratoria de inexequibilidad de la Ley por medio de la cual se creó el Ministerio de Igualdad y Equidad. La violación a los requisitos deliberativos exigidos por la Corte Constitucional para el desarrollo del procedimiento legislativo es manifiesta y repite situaciones ocurridas en el pasado, tal como sucedió cuando el Alto Tribunal declaró inconstitucional el proyecto (que creaba un nuevo Código Electoral)”, dice la demanda.

Las facultades extraordinarias

Además, la demanda hace reparos al artículo 12 de la Ley 2281 que da al Presidente de la República facultades extraordinarias por seis meses “para expedir normas con fuerza material de ley dirigidas a integrar al Sector de Igualdad y Equidad con las entidades que defina como adscritas o vinculadas”.Según la demanda, las facultades se expidieron con falta de claridad y habrían sido votadas a pupitrazo y no por la mayoría absoluta que se exige para conferir facultades extraordinarias al primer mandatario. El recurso presenta a la Corte grabaciones y fotografías sobre la sesión para indicar que cuando se votó el informe de ponencia en las comisiones primeras conjuntas, “de los 21 miembros que componen esa célula legislativa solo se encontraban en el recinto los siguientes 9 Senadores”.(Lea:Corte analiza si extradita a francés buscado por narcotráfico, ¿quién es?)

“El informe de ponencia del proyecto de ley por medio del cual se creó el Ministerio de Igualdad y Equidad no fue aprobado en primer debate en las Comisiones Constitucionales Primeras Conjuntas al no haber sido aprobado por la mayoría absoluta de los miembros de la Comisión Primera del Senado, a tal punto que, al momento de la votación, ni siquiera existía quórum decisorio en dicha célula legislativa, contrario a lo que certificó de manera errónea la Secretaría de la Comisión, circunstancia que debe conllevar a la declaratoria de inexequibilidad de la Ley 2281 de 2023”, dijo.

La demanda fue admitida por el despacho del magistrado Alejandro Linares Cantillo.

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@AlejaBonilla

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Author: editor

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