Este 31 de enero vence el plazo que tienen las empresas para pagar los intereses de esta prestación social.
Hasta este martes 31 de enero las empresas tienen plazo para pagar a sus empleadores los intereses de las cesantías, una prestación social que es obligatoria y se liquida de manera anual o de acuerdo a los días laborados.
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De acuerdo con el artículo 99 de la Ley 50 de 1990 los intereses de las cesantías corresponden al 12 % del valor de la totalidad de salarios obtenidos en lo corrido del año y deben pagarse a más tardar el 31 de enero del año siguiente a la acusación de esta prestación social
¿Cuánto es el interés de las cesantías?
Para saber de cuánto será la suma de dinero que recibirá por los intereses de las cesantías, debe tener claro cuál es la base total de sus cesantías anuales y el número total de días trabajados en el año.
Por ejemplo, si un trabajador recibe una remuneración mensual de $3.000.000 y trabajó durante todo un año, es decir, 360 días, el valor de sus cesantías es también de $3 millones.
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De esta manera, deberá realizar la siguiente operación matemática: Cesantías totales X días trabajados X 0.12 / 360 días laborales, que de acuerdo con el ejemplo sería: $3.000.000 X 360 X 0.12 / 360. En total recibiría $360.000 de intereses.
¿Qué pasa si no me pagan las cesantías?
De acuerdo con Asuntos Legales, si el empleador no paga las cesantías en el tiempo correspondiente, este podría acarrear sanciones por el incumplimiento.
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“La sanción haría que se duplicaran los intereses; es decir, los empleadores, luego de la fecha límite, deberán asumir el pago de 24% del pago y no del 12%”, asegura el portal especializado. El colaborador afectado puede acudir ante un juez laboral para ser guiado e interponer una denuncia.
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